Compañeros. Lo prometido es deuda.
Tras el avance del pasado martes 21 de mayo en la noticia El nuevo Titulo de TSID se impartirá en España desde el curso 2014-2015, he tenido a bien comparar dos borradores que se manejan en el Ministerio de Educación. Estos borradores son documentos que están cambiando según se está diseñando el futuro Titulo de TSID (Técnico Superior en Imagen para Diagnóstico y Medicina Nuclear) que tendrá aplicación desde su Publicación.
La publicación es inminente, yo creo que será antes o durante el verano.
¿Qué significa esto? Pues que el RD 545 / 1995, que estableció desde 1995 el actual titulo de TSID y sus enseñanzas mínimas, va a ser derogado (sustituido) por el nuevo Titulo de TSID, y que además determinará nuevas competencias y muchas novedades que os comparto. ¿Cómo estimo que que va a ser antes o durante este verano español? Porque dos razones:
- No es el único título que se va a modificar. Muchos más dentro de la FP, porque este gobierno quiere cambiar la FP. Además, ya os conté que la publicación que os dí en primicia (15 de julio de 2009) titulada El Título de TSID en España va a cambiar por la nueva Cualificación del INCUAL y también en la noticia Cambios en el Titulo de TSID en España (Actualización). Todo esto era ya la base previa de los cambios. Nuestro Titulo se está estudiando su modificación desde hace más de cinco años (esto lo sé de forma directa por una información directa desde el Ministerio)
- En el borrador se expresa claramente que este Titulo se tendrá que empezar a Formar desde el curso 2014 / 2015, pero advierte que previamente ya se podrán aplicar enseñanzas de los diferentes módulos formativos nuevos. Por tanto, el Ministerio espera que los Centros empiecen a adaptarse en el próximo curso 2013 / 2014.
El último borrador
Este documento lo puedes descargar en este enlace: http://www.todofp.es/todofp/formacion/que-y-como-estudiar/oferta-formativa/nuevos-titulos/borradores.html
Y lo que he hecho es compararlo con otro borrador publicado el 15 de octubre de 2012. Lo que pretendía es saber por donde andan las intenciones de cambios. Y por esto, te expongo el siguiente análisis:
Los módulos profesionales de este ciclo
formativo:
a) Quedan desarrollados en el anexo I
del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real
Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
b) Son los que a continuación se
relacionan, con los que ya he preparado la correlación en los 120 Créditos ECTS:
Módulo
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ECTS
|
Atención al paciente.
|
09
|
Fundamentos físicos y equipos.
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13
|
Anatomía por la imagen.
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13
|
Protección radiológica.
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09
|
Técnicas de radiología simple.
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08
|
Técnicas de radiología especial.
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06
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Técnicas de tomografía computarizada y ecografía.
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07
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Técnicas de imagen por resonancia magnética.
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06
|
Técnicas de imagen en medicina nuclear.
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07
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Técnicas de radiofarmacia.
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06
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Proyecto de imagen para el diagnóstico y medicina nuclear.
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05
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Formación y orientación laboral.
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05
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Empresa e iniciativa emprendedora.
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04
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Formación en centros de trabajo.
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22
|
120
|
El reconocimiento de los 120 ECTS queda
igual que en el borrador de 15 de octubre de 2012. Porque, y cito: "El Gobierno, oído el Consejo de
Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos
entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las
enseñanzas universitarias de Grado. A efectos de facilitar el régimen de
convalidaciones, en este real decreto se han asignado 120 créditos ECTS entre
todos los módulos profesionales de este ciclo formativo".
Referencia del título en el marco
europeo.
"Una vez establecido el marco nacional de
cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el
nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en
el europeo". Esto CONFIRMA todos mis análisis previos y publicados, como el de la noticia La Universidad en España va a ser reformada en la que os contaba que nuestra Formación de Grado Superior de FP ya está prevista 'enmarcarse' en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). El problema que aún tenemos es que yo creo que nuestro nuevo título no creo que pase del nivel 1 al 2 (que corresponde a Grado) porque tiene insuficientes créditos ECTS.
Pero. ¿Tendrá convalidación en Europa? SI. Claramente. Cuando dentro de poco tiempo se reúnan todos los estados miembros de la Unión Europea que se englobarán en el EEES, entonces habrá que establecer agrupaciones de niveles. Y entonces, yo no descartaría (aunque es difícil) que nuestro nuevo titulo tenga homologación directa con aquellos títulos de formación 'bachelor' (que por ejemplo se hace en Alemania para los Técnicos allí) y que son títulos a modo de Grado con posibilidad de ampliarlos.
Habrá que esperar a esa Nivelación en Europa. Esto es realmente lo que se está esperando desde la aprobación del Tratado de Bolonia (1999) para que en Europa se estudie más o menos lo mismo independientemente del estado, y resultando por ello profesionales de iguales competencias para la libre circulación de Profesionales.
Equivalencias en la Formación
El nuevo título tendrá equivalencia para los que han sido formados como TSID desde 1995, y por ende para los TER y TMN.
"La formación establecida en el presente
real decreto (está redactado como si estuviera ya publicado), en sus diferentes módulos profesionales, incluye los contenidos
para obtener la acreditación necesaria para operar con instalaciones de rayos X
con fines de diagnóstico médico, al amparo de la Instrucción IS-17, de 30 de
enero de 2008."
Es decir, que ya viene con la Acreditación de Operador.
"Por otra parte, esta formación también
incluye los contenidos especificados por el Consejo de Seguridad Nuclear, en su
Guía de Seguridad nº 5.6 (Apéndices I, II y IV),
para la obtención de la licencia de operador con campo de aplicación en
Medicina Nuclear, al amparo del Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por
el que se aprueba el reglamento de instalaciones nucleares y radiactivas y el
Real Decreto 35/20008, de 18, de enero, por el que se modifica el reglamento
anterior".
Por lo tanto los TSID de este nuevo Título tampoco tendrán que obtener aparte la Licencia de Operador en Medicina Nuclear.
Cambios en la Definición
He revisado los dos documentos, comparándolos párrafo por párrafo. 113 páginas en total. Créeme que lo he analizado dándome mi tiempo.
Entre ambos borradores hay unos cambios, que a mi me parecen importantísimos.
En el Artículo 5. (Competencias profesionales,
personales y sociales)
Pasa del punto f) Aplicar procedimientos
técnico-sanitarios, valorando las características del usuario.
Al nuevo f) Asegurar la confortabilidad y la
seguridad del paciente de acuerdo a los protocolos de la unidad
En el CAPÍTULO III (Enseñanzas del ciclo formativo y
parámetros básicos de contexto), en el Artículo 9. Objetivos generales. Los objetivos generales de este ciclo
formativo son los siguientes:
Pasa del punto l) Reconocer las necesidades de los
usuarios para aplicar procedimientos
técnico-sanitarios según protocolo de la
unidad.
Al punto l) Reconocer las necesidades de los
usuarios y aplicar técnicas de asistencia sanitaria inicial según protocolo de
la unidad, para asegurar la confortabilidad y la seguridad.
Profesional Sanitario
Me parece importantísimo lo siguiente: Identifica a nuestra Profesión como
Profesional Sanitario. Esto vienen Reflejado en el apartado g, dentro de los Criterios de
Evaluación que están asociados al Módulo Profesional Atención al Paciente.
¿Por qué es importante? Porque aquellos buitres y talibanes de Enfermería dicen que nuestra Profesión no es Sanitaria sino como mucho 'de la salud'. De momento tienen razón. Pero desde que se publique este borrador, provocará cambios en la Ley LOPS 44/2003, la cual hay que recordar que está también en desarrollo.
Nuevas Competencias según los Módulos formativos
Ahora viene el análisis sobre cada Módulo.
Módulo Profesional: Atención al paciente.
Eleva grandes rasgos del nuevo perfil asistencial que tendrá nuestra Competencia Profesional:
Protocolos de Acogida, Técnicas de Comunicación, identificación de parámetros físico-clínicos relacionándolos con el estado general del paciente, realización de técnicas de movilización o transferencia, verificación de la cumplimentación del consentimiento informado.
Importante
Aplica técnicas de administración de contrastes y radiofármacos, relacionándolas con la vía de administración según protocolo de la unidad.
Identificación de los diferentes tipos de contrastes y radiofármacos, información al paciente y comprobación de los antecedentes alérgicos.
Conocimiento de las diferentes vías de administración de contrastes, preparación del material y la zona de intervención. Selección de la dosis adecuada en cada caso.
Realización de la técnica de administración de contraste.
Conocer las actuaciones que hay que realizar en caso de reacciones adversas, y las técnicas de soporte vital básico.
Cambia al anterior borrador, ampliando:
Observación de parámetros físico-clínicos.
Resolución de contingencias de los equipos y dispositivos:
Protocolo de aplicación para la administración de contrastes y radiofármacos.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de asistir al paciente durante su estancia en la unidad de radiodiagnóstico, medicina nuclear o radioterapia.
La definición de la función de asistir al paciente incluye aspectos como:
− Citar, recibir y comprobar la identidad del paciente.
− Aplicar técnicas y protocolos de asistencia al paciente, apoyando al facultativo. (Actuaciones en caso de reacciones anafilácticas:
• Parada cardiorrespiratoria.
• Resucitación cardiopulmonar.
• Técnicas de soporte vital básico
Módulo Profesional: Fundamentos físicos y equipos.
En Ecografía: Tiene que diferenciar e identificar imágenes y artefactos, y saber manipular imágenes con técnicas de post proceso.
En general, El manejo de imágenes médicas y la valoración de su calidad para el diagnóstico o la terapia.
Módulo profesional: Anatomía por la imagen.
Saber diferenciar entre imágenes normales y patológicas.
Localización y Reconocimiento de las estructuras anatómicas del aparato locomotor.
Identificación de la anatomía, la fisiología y la patología de:
Sistema nervioso y de los órganos de los sentidos
Aparato cardiocirculatorio y respiratorio
Aparato digestivo y sistema urinario
Sistema endocrino metabólico y aparato genital (novedad en este borrador porque aporta ‘reconocimiento de Alteraciones endocrino-metabólicas más frecuentes’)
La función de reconocimiento de estructuras anatómicas incluye aspectos como:
- Lectura de imágenes médicas obtenidas por diferentes procedimientos.
- Identificación de estructuras normales y sus posibles alteraciones.
- Análisis de la calidad de la imagen médica.
Módulo Profesional: Protección radiológica.
Formación necesaria para desempeñar las funciones de protección frente a las radiaciones ionizantes y la de gestión del material radiactivo.
Las funciones de protección frente a las radiaciones ionizantes y la de gestión de material radiactivo incluyen aspectos como:
- Manejar equipos de medida y detección de la radiación empleados para la dosimetría ambiental y personal.
- Colaborar en los procesos de vigilancia y control de la radiación.
- Aplicar medidas de radioprotección.
- Identificar accidentes radiológicos y aplicar planes de emergencia.
- Aplicar planes de garantía de calidad.
- La gestión de material radioactivo.
Módulo Profesional: Técnicas de radiología simple.
La obtención de imágenes con equipos de radiología simple incluye aspectos como:
- Selección de equipos y materiales.
- Asistenacia a los pacientes en salas de radiología.
- Desarrollo de protocolos de exploración con equipos de radiología simple.
- Obtención de imágenes analógicas de calidad diagnóstica (incluye valorar si se repite la imagen antes de entregarla)
- Postprocesado de imágenes digitales.
Módulo Profesional: Técnicas de radiología especial.
Descripción de realización de exploraciones radiológicas del aparato digestivo y del sistema genito urinario, utilizando los protocolos establecidos.
Obtención de imágenes radiológicas del sistema vascular, de procedimientos intervencionistas y de toma de muestras, utilizando protocolos de exploración.
Realización de mamografías utilizando los protocolos establecidos (incluye identificación de los procedimientos de marcaje prequirúrgico y de toma de muestras para una biopsia).
Realización de exploraciones radiológicas intraorales y ortopantomográficas, utilizando protocolos establecidos.
Realización de exploraciones radiológicas mediante equipos portátiles y equipos móviles quirúrgicos, utilizando protocolos establecidos.
Realización de densitometrías óseas utilizando protocolos establecidos.
Módulo Profesional: Técnicas de tomografía computarizada y ecografía.
Destacar:
Aplica técnicas de administración de los medios de contraste, según protocolo específico de la unidad, identificando los tipos y sus indicaciones de uso.
Aplica técnicas de exploración ecográfica, interpretando los procedimientos y actuando de acuerdo al protocolo descrito por la unidad.
Módulo Profesional: Técnicas de imagen por resonancia magnética.
Aplica técnicas de administración de los medios de contraste, según protocolo específico de la unidad, identificando los tipos y sus indicaciones de uso.
Realiza la prueba de resonancia magnética, interpretando los protocolos de exploración establecidos.
Caracteriza las pruebas de resonancia magnética funcional e intervencionista, relacionándolas con los estudios solicitados.
Módulo Profesional: Técnicas de imagen en medicina nuclear.
Determina los parámetros de funcionamiento de los equipos de adquisición de imágenes, describiendo su estructura y funcionamiento.
Módulo Profesional: Técnicas de radiofarmacia.
Impresionante su grado de Autonomía:
Aplica el procedimiento de obtención de los radiofármacos utilizados en las exploraciones, identificando el proceso de producción y de obtención.
Determina el procedimiento de marcaje del radiofármaco, relacionando el radionúclido con el vector químico.
Toda la formación necesaria para desempeñar la función de preparación de radiofármacos para su aplicación en exploraciones diagnósticas de medicina nuclear o en tratamientos radiometabólicos, así como la realización de técnicas radioinmunoanáliticas.
Módulo Profesional: Proyecto de imagen para el diagnóstico y medicina nuclear.
Complementa la formación establecida para el resto de los módulos profesionales que integran el título en las funciones de análisis del contexto, diseño del proyecto y organización de la ejecución.
La función de análisis del contexto incluye las subfunciones de recopilación de información, identificación de necesidades y estudio de viabilidad.
La función de diseño del proyecto tiene como objetivo establecer las líneas generales para dar respuesta a las necesidades planteadas, concretando los aspectos relevantes para su realización. Incluye las subfunciones de definición del proyecto, planificación de la intervención y elaboración de la documentación.
La función de organización de la ejecución incluye las subfunciones de programación de actividades, gestión de recursos y supervisión de la intervención.
Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se desarrollan en el sector del diagnóstico por imagen.
Módulo Profesional: Formación y orientación laboral.
Contenidos básicos:
Búsqueda activa de empleo
Gestión del conflicto y equipos de trabajo
Contrato de trabajo
Seguridad Social, empleo y desempleo
Evaluación de riesgos profesionales
Planificación de la prevención de riesgos en la empresa
Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa
Módulo Profesional: Empresa e iniciativa emprendedora.
Constitución y puesta en marcha de una empresa, seleccionando la forma jurídica e identificando las obligaciones legales asociadas. Función Administrativa
Módulo Profesional: Formación en centros de trabajo.
Esto apenas cambia.
Bueno. pues ya está. Saludos cordiales a todos los compañeros de profesión
pero..no me ha quedado muy claro,yo tengo el titulo desde 2008,que tendría que hacer para poder convalidarlo en el extranjero?gracias
ResponderEliminarMe parece perfecto y muy interesante tu análisis. Lo que no me queda claro. Yo terminaba en 2014. Hasta ahí bien. Claro. Todo igual. ¿Pero cómo lo equiparan a grado. Tendré que hacer más créditos? Muchas gracias!
ResponderEliminarMiguel Ángel, en lo de las licencias no estoy segura de que lo hayas interpretado bien, al menos no lo interpretamos igual. Lo de que "incluye los contenidos para obtener la acreditación necesaria para operar con instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico", la acreditación no es lo mismo que la licencia de operador (si te refieres a la de radioterapia). La acreditación la podemos solicitar todos a día de hoy. Y lo de medicina nuclear... el examen para el CSN habrá que hacerlo igual, lo que no sería necesario sería el "curso", pero eso también se puede hacer ahora, presentarse por libre. No se si es que yo no lo he entendido bien, pero como yo lo entiendo no veo muchos cambios
ResponderEliminarHola, Cubito. Expresé el texto directamente. Y lo que dice está muy claro sobre estas cuestiones. No habrá que hacer examen porque ya te habrán evaluado los Contenidos
ResponderEliminarEntonces, los que hemos pagado la licencia para operar en medicina nuclear, no tenemos que renovarla a los 5 años? Como ya la van a incluir.... Vamos entiendo yo. Y otra pregunta, hay cursos de venoouncion y administrar contraste? Gracias
ResponderEliminary yo que saque el titulo en el año 1992?
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